Estés donde estés —AGIP en CABA, ARBA en Buenos Aires, Rentas en Córdoba, API en Santa Fe, ATM en Mendoza o ATER en Entre Ríos—, la lógica es la misma: cada jurisdicción fija su alícuota y su régimen. Por eso conviene verificar siempre la de tu provincia.
¿Cuánto tengo que pagar? El famoso porcentaje
No hay una única respuesta. La alícuota, que es el porcentaje que se aplica sobre la facturación, depende principalmente de dos factores: tu actividad y la provincia donde estés inscripto.
Cada provincia publica todos los años su Ley Impositiva, donde define qué porcentaje paga cada actividad según el código correspondiente. Para el comercio minorista, el rango más común suele estar entre el 3% y el 5%, aunque puede variar.
Por eso es importante no guiarse solo por lo que paga otra persona. Tu porcentaje exacto surge de tu inscripción fiscal y de la actividad declarada. Para confirmarlo, hay tres caminos habituales: consultar si estás adherido a un régimen simplificado, revisar tu constancia de inscripción en la web de Rentas con CUIT y Clave Fiscal, o pedirle a tu contador que te muestre la nomenclatura de actividades vigente.
Régimen Simplificado o Régimen General
Acá aparece una de las grandes divisiones dentro de Ingresos Brutos. Dependiendo de tu nivel de facturación y de la/las provincia/s, podés estar en un régimen simplificado, en el régimen general.
El régimen simplificado funciona con cuotas fijas mensuales. Pagás siempre el mismo monto según tu categoría y no tenés que presentar declaraciones juradas todos los meses. En varias provincias está unificado con el Monotributo, lo que simplifica bastante la gestión y reduce dolores de cabeza.
El régimen general es más detallista. Cada mes tenés que presentar una declaración jurada informando cuánto facturaste y aplicar la alícuota correspondiente. Si un mes no vendiste, se presenta sin movimiento y no se paga impuesto, salvo mínimos establecidos. Es más preciso, pero también más demandante en términos administrativos.
¿Qué pasa si vendés a otras provincias? Convenio Multilateral
Si vendés por internet, hacés envíos a todo el país o trabajás con marketplaces, este punto es clave. Cuando una actividad alcanza a más de una jurisdicción, entra en juego el Convenio Multilateral.
Este régimen existe para evitar que pagues Ingresos Brutos dos veces por lo mismo. En lugar de tributar todo en una sola provincia, el impuesto se reparte entre las distintas jurisdicciones según ciertos criterios, como el lugar de origen y destino de las ventas.
La ventaja es clara: no hay doble imposición. La contra es la complejidad. Las liquidaciones se hacen a través de un sistema específico y, en la práctica, casi siempre requieren acompañamiento profesional para no cometer errores.
Un último aviso para cuidar tu plata
Seguro alguna vez viste un descuento raro en tu cuenta. Muchas veces se trata del SIRCREB, un sistema de retenciones bancarias. Si querés entender bien este punto, leé qué son los descuentos correspondientes a SIRCREB. Además, mantené tus presentaciones al día para evitar que te incluyan en listas de riesgo; acá te explicamos qué pasa si estás en la base de contribuyentes no confiables de ARCA.