¿Qué dice la Comunicación “A” 8336 del BCRA?
El pasado 26 de septiembre el Banco Central de la República Argentina emitió una comunicación que indica que si comprás dólar oficial, no podés vender dólar MEP o CCL (Contado con Liqui) durante 90 días. Dice más cosas, pero lo resumimos para hacerla más fácil.
¿Puedo seguir comprando dólares en Naranja X?
¡Podés, no hay problema! Sigue siendo fácil y conveniente como siempre.
¿Cuáles son las restricciones para comprar dólar oficial?
La medida del BCRA aplica a bancos y billeteras virtuales por igual. Lo que tenés que tener en cuenta es que si comprás dólar oficial, no podrás vender dólar MEP hasta que hayan transcurrido 90 días desde la fecha de la compra. Una vez cumplido este plazo, podrás operar con normalidad.
Si compraste dólar oficial y necesitás venderlo antes de los 90 días, podés hacerlo en oficial 😉, todo en orden.
👀 Ejemplo bien simple: Si comprás dólar oficial el 1 de octubre, recién vas a poder volver a vender dólar MEP a partir del 30 de diciembre.
Si necesitás venderlo ya, podés hacerlo cuando quieras en el oficial. Más clarito, echale agua.
¿Qué es la Declaración Jurada que debo firmar al comprar dólar oficial y por qué es importante informar la restricción?
Como siempre por acá, amamos las cuentas claras que conservan nuestra amistad. Así que te explicamos que la Declaración Jurada es un requisito obligatorio e importante del BCRA. No es para que te asustes, tranqui. Sí es un documento importante que establece las reglas para tu operación cambiaria, por lo que al firmarla estás declarando que vas a cumplir la restricción prevista en la normativa.
Bueno, bueno, bueno. Qué placer verte llegar hasta acá. Amamos cuando te interesás por conocer esas novedades que pueden impactar en tus finanzas. Vos siempre atenti a los últimos contenidos, y… ¡hablemos de plata!