En resumen:
Tramo inembargable: sueldo hasta 1 SMVM (0%)
Tramo intermedio: entre 1 y 2 SMVM (10% sobre el excedente)
Tramo alto: más de 2 SMVM (20% sobre el excedente)
Excepción alimentaria: sin tope fijo, el juez decide.
Los porcentajes surgen del Decreto 484/1987 y la jurisprudencia vigente. El valor exacto del SMVM se actualiza periódicamente: verificá el valor actual en Argentina.gob.ar antes de hacer cualquier cálculo. Esta información no constituye asesoramiento legal.
Un dato para hacer bien la cuenta: los porcentajes se calculan sobre el sueldo neto, no sobre el bruto. Si tenés dudas sobre la diferencia, te la explicamos en sueldo bruto y sueldo neto: cuál es cuál y por qué te conviene saberlo.
Cómo se calcula el monto embargable: Un ejemplo que lo explica paso a paso
Supongamos que cobrás el equivalente a 2,5 SMVM. El primer SMVM es inembargable. Sobre el segundo SMVM, el acreedor puede retener el 10%, y sobre el 0,5 SMVM restante, el que supera el doble, puede retener el 20%.
El resultado: el monto embargable es modesto respecto del sueldo total.
Si tenés más de un acreedor, el tope máximo del 20% no se multiplica: se reparte entre todos dentro de ese límite.
Para entender de dónde sale cada número de tu liquidación, te sirve tener a mano qué es un recibo de sueldo y cómo leerlo parte por parte.
¿Quién te puede embargar el sueldo?
Pueden llegar a esta instancia, siempre con sentencia judicial de por medio:
Bancos y financieras, por deudas de préstamos o tarjetas.
Empresas o proveedores con sentencia a favor.
El Estado, por deudas fiscales, con vías propias pero que también requieren proceso judicial.
Quien reclama una cuota alimentaria, con la diferencia de que acá el juez puede superar los topes habituales.
Lo que nadie puede hacer sin juicio previo: ningún cobrador, agencia de cobranza ni entidad financiera puede retenerte el sueldo directamente. Y el sueldo no es lo único que puede embargarse frente a una deuda: otros bienes también pueden quedar alcanzados, un tema que desarrollamos en otro artículo del blog.
Tu sueldo en cuenta bancaria, ¿también lo pueden embargar?
Si el embargo llega a tu cuenta sueldo en lugar de ir directo al empleador, el banco tiene que respetar los mismos límites legales.
Además, la cuenta sueldo tiene una protección extra: solo puede embargarse si el saldo supera tres veces el promedio de lo acreditado en los últimos seis meses.
Para entender mejor cómo funciona esta protección, conocé qué es una cuenta sueldo y cómo funciona. Y si lo que te interesa es saber cuándo tu empleador tiene la obligación de depositarte, te lo contamos en cuándo te tienen que pagar el sueldo.
Cómo defenderte si te embargan el sueldo
Pedile a tu empleador o al banco la cédula de notificación: el embargo tiene que tener orden judicial.
Revisá si el monto retenido respeta los topes del Decreto 484/1987.
Si el monto supera el tope legal, podés presentar un escrito (o hacerlo con un abogado) pidiendo la reducción al juez que lo ordenó.
Si no podés pagar un abogado, consultá con un defensor público o un servicio de patrocinio jurídico gratuito.
Si la deuda es antigua, vale la pena revisar si ya prescribió antes de que el proceso avance.
Antes de dar cualquier paso, conviene saber si tenés deudas activas a tu nombre. Podés chequearlo en cómo saber si tenés deudas a tu nombre.
Esta guía no reemplaza el asesoramiento legal. Si tu caso es puntual, consultá con un profesional.