Calculá tus vacaciones

Calcular

Calculadora de vacaciones

Cargá tus años de antigüedad y tu sueldo bruto. Te mostramos los días corridos que te tocan y su pago bruto.

¿Cómo se calculan las vacaciones?

Las vacaciones son el descanso anual pago que fija la Ley de Contrato de Trabajo para quienes trabajan en relación de dependencia. El cálculo tiene dos partes: cuántos días te corresponden y cuánto cobrás por ellos.

La cantidad de días depende de tu antigüedad al 31 de diciembre del año de las vacaciones, aunque las tomes en enero o febrero del año siguiente.

Para tener la licencia completa, tenés que haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año. Si no llegás a ese mínimo, te corresponde una licencia proporcional.

El pago sale de tu sueldo bruto mensual. El resultado es bruto: no descuenta aportes ni contempla sueldos variables.

Pago de vacaciones = sueldo bruto mensual ÷ 25 × días de vacaciones

Licencia proporcional = 1 día de vacaciones cada 20 días trabajados

Por ejemplo, si entraste a trabajar el 1 de marzo de 2019 y tu sueldo bruto es de $1.000.000, en las vacaciones de 2026 tenés más de 5 años de antigüedad: te tocan 21 días corridos y cobrás $840.000 brutos.

Si terminó tu relación laboral, la ley te paga la parte proporcional de las vacaciones del año. Leé cómo calcular y liquidar las vacaciones no gozadas.

Metodología y actualización

  • Estima los días y el pago bruto de las vacaciones de un año, sin descuentos.

  • Usa tus años de antigüedad cumplidos al 31 de diciembre y tu sueldo mensual fijo. Supone trabajo continuo de lunes a viernes.

  • No contempla convenios colectivos, regímenes especiales ni sueldos variables o por hora.

Fuentes: Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, arts. 150 a 155, con la reforma de la Ley 27.802 (B.O. 6/3/2026).

El resultado es estimativo. Información vigente a octubre de 2026.

Actualizado: octubre de 2026.

Lo que tenés que saber de las vacaciones
DatoValor
Menos de 5 años cumplidos14 días corridos
De 5 a 9 años cumplidos21 días corridos
De 10 a 19 años cumplidos28 días corridos
20 años cumplidos o más35 días corridos
Período para tomarlasDel 1 de octubre al 30 de abril
Menores de 18 años15 días como mínimo

Información vigente a octubre de 2026.

Preguntas frecuentes sobre las vacaciones

  • ¿Se cuentan el sábado y el domingo como días de vacaciones?

    Sí. Las vacaciones se cuentan en días corridos e incluyen sábados, domingos y feriados. La licencia empieza un lunes, o el día hábil siguiente si ese lunes es feriado. Si trabajás en días inhábiles, empieza después de tu descanso semanal.


  • ¿Cuántos días de vacaciones corresponden con la nueva ley?

    Los mismos que antes: la Ley 27.802 no cambió la escala por antigüedad. Cambió cómo se toman: te tienen que avisar la fecha por escrito con 30 días de anticipación, y podés acordar dividirlas en tramos de al menos 7 días.


  • ¿Las vacaciones se pagan aparte del sueldo?


  • ¿El pago de vacaciones tiene descuentos?

    Sí. El pago de vacaciones es remuneración y lleva los mismos descuentos que tu sueldo, como jubilación y obra social. La calculadora muestra el monto bruto. Para estimar lo que cobrás en mano, mirá la diferencia entre sueldo bruto y neto.


  • ¿Qué pasa con las vacaciones no gozadas?

    No se pueden cambiar por plata mientras sigue la relación laboral. Si no te avisan la fecha a tiempo, podés tomarlas vos con aviso fehaciente, para que terminen antes del 31 de mayo. Si el contrato termina, cobrás la parte proporcional.